El decreto de conmoción externa, firmado por el gobernante Nicolás Maduro, está listo para ser activado en caso de agresión al territorio nacional, según declaró la vicepresidenta de la República, Delcy Rodríguez.
Según el artículo 338 de la Constitución venezolana, “Podrá decretarse el estado de conmoción interior o exterior en caso de conflicto interno o externo, que ponga seriamente en peligro la seguridad de la Nación, de sus ciudadanos y ciudadanas, o de sus instituciones”.
Rodríguez explicó que este decreto “le da poderes especiales al jefe de Estado para actuar en materia de defensa y seguridad”.
La pregunta pertinente es si los venezolanos no vivimos en un estado de conmoción permanente, donde todos los poderes públicos han cedido su rol de contrapeso, frente al “Ejecutivo” y donde la Constitución se ha convertido en una especie de manual perfecto de lo que no se cumple.
De tal forma, este decreto parece que poco cambia la realidad, pues para la arbitrariedad y la injusticia solo se necesita una orden.
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