Republica del Zulia

Julio Portillo: Necesitamos entonces promover el regionalismo como protesta al excesivo centralismo en todos los órdenes. Tenemos que despertar la conciencia política de la provincia.

sábado, 27 de agosto de 2016

Discriminación como política de Estado - INTI RODRÍGUEZ


En los últimos días, diferentes voceros del Ejecutivo Nacional han declarado que, por órdenes del propio presidente Nicolás Maduro, serían removidos de sus cargos las personas que hayan participado en el proceso de activación del Referendo Revocatorio. Este reconocimiento ratifica la advertencia que hemos venido realizando desde Provea: La discriminación por razones políticas se ha convertido en una política de Estado en el gobierno bolivariano. Toda una paradoja que quien se ha denominado a sí mismo como “presidente obrero” se encuentre demoliendo, a mazazos como le sugiere Diosdado Cabello, todos los preceptos por los cuales ha luchado el sindicalismo revolucionario a lo largo de su historia.

Según la Organización Internacional del Trabajo (OIT) discriminar en el empleo y la ocupación consiste en “dispensar a las personas un trato diferente y menos favorable debido a determinados criterios, como el sexo, el color de su piel, la religión, las ideas políticas o el origen social, sin tomar en consideración los méritos ni las calificaciones necesarias para el puesto de trabajo de que se trate”. Según este ente, la discriminación coarta la libertad de las personas para conseguir la clase de trabajo a la que aspiran; merma las oportunidades de los hombres y las mujeres para desarrollar su potencial, sus aptitudes y cualidades, y para ser remunerados en función de sus méritos. La discriminación en el trabajo genera desigualdades en los resultados del mercado de trabajo y coloca en una situación de desventaja a los miembros de determinados sectores de la sociedad.

Los actos de discriminación laboral por razones políticas están expresamente prohibidos en el Convenio 111 sobre la discriminación (empleo y ocupación) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) suscrito y ratificado por Venezuela; en los artículos 19, 21, 57 y 89 de la Constitución Nacional de la República Bolivariana de Venezuela (CNRBV); en el artículo 18 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras (DLOTTT), y en el artículo 21 de la misma Ley que reza: “Son contrarias a los principios de esta Ley las prácticas de discriminación. Se prohíbe toda distinción, exclusión, preferencia o restricción en el acceso y en las condiciones de trabajo, basadas en razones de raza, sexo, edad, estado civil, sindicalización, religión, opiniones políticas, nacionalidad, orientación sexual, personas con discapacidad u origen social, que menoscabe el derecho al trabajo por resultar contrarias a los postulados constitucionales”. Igualmente están prohibidos en la Ley Orgánica sobre Protección, Condiciones y Medio Ambiente en el Trabajo (Lopcymat) en su artículo 56 que obliga a todo empleador a “Abstenerse de toda discriminación contra los aspirantes a obtener trabajo o contra los trabajadores y trabajadoras y, dentro de los requerimientos de la actividad productiva, respetar la libertad de conciencia y expresión de los trabajadores y trabajadoras”.

El artículo 543 del DLOTTT establece que los funcionarios que, por acción u omisión, violen las normas contenidas en el instrumento legal que estén dirigidas a proteger el proceso social de trabajo y los derechos de las y los trabajadores, deben ser sancionados con remoción o destitución de su cargo.

Rechazamos que se sigan promoviendo actos de discriminación y hostigamiento, despidos injustificados y retaliaciones contra empleados y trabajadores de la administración pública y empresas del Estado. Junto a las organizaciones sindicales seguiremos denunciando los hechos que vulneren o menoscaben los derechos de trabajadoras y  trabajadores. Para ello reiteramos nuestra invitación a quienes se sientan afectados por actos de discriminación laboral por razones políticas, a emplear los mecanismos previstos en la Constitución y la legislación vigente para denunciar cualquier situación que viole sus derechos laborales. Ponemos a la disposición de todos los posibles afectados nuestro correo investigacion@derechos.org.ve y nuestros teléfonos (0212) 862.10.11 / 862.53.33, para registrar, visibilizar y acompañar sus denuncias sobre estas preocupantes prácticas violatorias de derechos humanos.

Coordinador de Investigación de Provea

http://www.talcualdigital.com/

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