Republica del Zulia

Julio Portillo: Necesitamos entonces promover el regionalismo como protesta al excesivo centralismo en todos los órdenes. Tenemos que despertar la conciencia política de la provincia.

martes, 2 de febrero de 2010

La Asamblea Nacional se raspa al Fides

La Asamblea Nacional (AN) discute la eliminación de la ley del Fondo
Intergubernamental para la Descentralización (Fides), mecanismo creado
para promover la participación de estados y municipios en la entrega
de los recursos obtenidos por recaudación fiscal.

El jueves el Parlamento aprobó en primera discusión la derogatoria del
instrumento legal y se espera que será hoy cuando se decidirá la
desaparición definitiva del fondo.

La Asamblea Nacional justificó la eliminación del Fides aduciendo la
creación de un nuevo Fondo de Compensación Interterritorial (FCI),
previsto en la Constitución Nacional y la recién aprobada Ley del
Consejo Federal de Gobierno.
El Fondo Intergubernamental para la Descentralización es un mecanismo
a través del cual se distribuyen entre estados, municipios y consejos
comunales, una parte de los recursos obtenidos por la recaudación del
Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Desde el año 1993 el Fides es un método para entregar recursos a
entidades y ayuntamientos para la ejecución de obras e inversiones,
más allá del Situado Constitucional y la ley de Asignaciones
Económicas Especiales (Laee).

Nacimiento del Fides (Gobierno de Ramón J. Velázquez)

* El Fondo Intergubernamental para la Descentralización (Fides) se
creó el 25 de noviembre del año 1993, a través del decreto número
3.265, aprobado durante el gobierno interino de Ramón J. Velázquez
* El fondo nació como un mecanismo para transparente para promover la
"descentralización fiscal" y darle participación a los estados y
municipios en la recaudación del para entonces nuevo Impuesto al Valor
Agregado (IVA).
* El Fides se creó para ampliar la asignación de recursos a entidades
y ayuntamientos más allá del Situado Constitucional.
* El decreto de 1993 establecía que la participación de las regiones
sería progresiva, de manera que en 2002 estaría en 30 por ciento de lo
recaudado por IVA.

Mejoras del Fides (Gobierno de Rafael Caldera)

* El 3 de enero de 1997, durante el segundo gobierno de Rafael
Caldera, entró en vigencia la ley del Fondo Intergubernamental para la
Descentralización tras su publicación en la Gaceta Oficial número
5.132.
* El marco legal mejoró la participación de los estados y municipios y
estableció nuevos mecanismos para la administración y utilización de
los recursos.
* La ley fijó la participación de las regiones entre 15 y 20 por
ciento de lo recaudado por concepto de IVA.

Menos recursos (Gobierno de Hugo Chávez)

* En el año 2000, durante el Gobierno de Hugo Chávez, se reformó la
ley que crea el Fondo Intergubernamental para la Descentralización,
pero se dejó la participación de los estados entre 15 y 20 por ciento
de lo recaudado por IVA.
* Seis años más tardes, en 2006, la Asamblea Nacional modificó
nuevamente el marco legal, en ese momento se fijó la cuota de aporte
en no menos de 15 por ciento.
* La semana pasada el Parlamento aprobó en primera discusión la
derogatoria de la ley que crea el Fides. La supresión podría aprobarse
hoy en segunda discusión, con lo que se eliminaría la participación de
estados y municipios en los recursos recaudados por IVA.

Fuentes de ingresos

* Los recursos se establecerán en una partida de la Ley de Presupuesto
anual, bajo la denominación "Fondo Intergubernamental para la
Descentralización", cuyo monto será aprobado por la AN en un
porcentaje no inferior a 15 por ciento, equivalente al ingreso real
estimado por IVA y tomando en consideración la estimación
presupuestaria formulada por el Ejecutivo Nacional.
* Los recursos provenientes de los préstamos de organismos
internacionales, para los proyectos cuya ejecución sea aprobada por el
Ejecutivo Nacional para dicho Fondo, los cuales serán destinados al
desarrollo económico y social de los estados, los municipios, del
Distrito Metropolitano de Caracas y de los Consejos Comunales.
* Los ingresos previstos en las programaciones de cooperación técnica,
cuya administración le sea encomendada por el Ejecutivo destinados al
desarrollo regional, estadal o local, para apoyar el proceso de
descentralización y municipalización.
* Los beneficios que obtenga en la gestión de los programas de
financiamiento e inversiones dirigidos a las políticas de desarrollo
promovidas por el Fondo Intergubernamental para la Descentralización.
* Los recursos que le asignen el Ejecutivo Nacional, los gobiernos
estadales o municipales y los aportes de instituciones privadas.
* Los beneficios que obtenga como producto de sus operaciones
financieras y de la colocación de sus recursos previstos en la ley

Destino de las partidas

* Servicios correspondientes a competencias concurrentes y exclusivas,
efectivamente transferidas a los estados, municipios y Distrito
Metropolitano de Caracas.
* Proyectos y programas de asistencia técnica destinados a optimizar y
modernizar los sistemas de recaudación tributaria de los estados y los
municipios.
* Proyectos y programas de asistencia técnica

La Verdad / Daniela García

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