Hoy venimos a recordar que en la Ciudad de Valencia el 6 de mayo de 1830 los venezolanos le pusieron el sello definitivo en aquel Congreso Constituyente reunido en la ciudad de Valencia, a la separación de Venezuela de la Gran Colombia aprobando una Constitución que estuvo en vigencia 27 años.
La labor fundamental de aquel Congreso Constituyente fue el ímpetu colocado en su noble tarea de darle al país un nuevo texto constitucional, y así lo demuestran, en su fervoroso preámbulo del proyecto de Constitución presentado para que fuese la primera ley de la República debatida con carácter de urgencia.
“En el nombre de Dios todopoderoso, autor y supremo legislador del universo:
Nosotros los representantes del pueblo de Venezuela reunidos en Congreso, a fin de formar la más perfecta unión, establecer la justicia, asegurar la tranquilidad doméstica, proveer a la defensa común, promover la felicidad general, y asegurar el don precioso de la libertad, para nosotros y para nuestros descendientes, ordenamos y establecemos la presente Constitución”.
El Congreso Constituyente se instaló con la directiva de Francisco Javier Yanes y Andrés Narvarte como presidente y vicepresidente, respectivamente; los secretarios, fuera del cuerpo, fueron Manuel Muñoz y Rafael Acevedo. A este evento legislativo asistieron 33 diputados, destacándose entre ellos, José Tadeo Monagas, José María Vargas, Andrés Narvarte, Miguel Peña, Diego Bautista Urbaneja, Juan Evangelista González y Navas Spínola.
Mientras que en el continente se daba la disputa originada por nuestros patriotas en torno a la continuidad o no del proyecto de Bolívar y su Gran República Colombiana, surgió la Constitución de 1830. Antonio José de Sucre desde Bogotá mantenía la tesis del libertador y José Antonio Páez la necesidad de que Venezuela se separarse de la propuesta unificadora. Así lo definían Título 1° y sus tres primeros artículos.
Título 1°: De la nación venezolana y de su territorio
Artículo 1°. La nación venezolana es la reunión de todos los venezolanos bajo un mismo pacto de asociación política para su común utilidad.
Artículo 2. La nación venezolana es para siempre e irrevocablemente libre e independiente de toda potencia o dominación extranjera, y no es ni será nunca el patrimonio de ninguna familia ni persona.
Artículo 3. La soberanía reside esencialmente en la nación, y no puede ejercerse sino por los poderes políticos que establece esta Constitución.
Esta Constitución incorporó la figura del Congreso Bicameral vigente en Venezuela hasta la Constitución de 1999. En aquel texto constitucional las cámaras de representantes y de senadores debían reunirse anualmente cada 20 de enero, por períodos de 90 días, prorrogables si era preciso. También se instituyó la institución de la inmunidad parlamentaria, solo que los congresistas harían uso de ella únicamente durante el periodo de sesiones.
La constitución de 1830 había cargado el presidencialismo al establecer que el Poder Ejecutivo debería ser unipersonal, y lo ejercería un magistrado con el título de presidente. También incorporó la figura del vicepresidente de la República, quién presidía el Consejo de Gobierno. La mayoría de las atribuciones fundamentales de la presidencia debían ejercerse de común acuerdo o con autorización del Senado, del Congreso en pleno o del Consejo de Gobierno.
Aquel Congreso promulgó la primera Constitución de Venezuela como República independiente de Colombia el 22 de septiembre y fue mandada a cumplir, por decreto del presidente Páez a las 48 horas siguientes.
Valencia, septiembre 24 de 1830. Cúmplase, Publíquese y Circúlese como lo previene el Decreto del Soberano Congreso expedido ayer para el efecto.
El presidente del Estado, José Antonio Páez. El secretario Interino del Despacho del Interior, Antonio Leocadio Guzmán. El secretario de Estado en los despachos de Guerra y Marina, Santiago Mariño. El secretario de Estado en los despachos de Hacienda y Relaciones Exteriores, Santos Michelena.
Veinte siete años pudo aguantar aquel texto constitucional, a pesar de todos los embates de inestabilidad política vividos durante su vigencia.
A 196 años del Congreso Constituyente debemos recordar también que la Venezuela de hoy clama por la renovación de todos los poderes públicos y de forma puntual la Presidencia de la República.

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