
Los inmigrantes que residen legalmente en Estados Unidos están sujetos a obligaciones documentales específicas según el marco regulatorio federal. El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) establece que todo extranjero mayor de 18 años con residencia legal debe portar ciertos documentos que acrediten su estatus migratorio. Esta exigencia está respaldada por la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), particularmente en su sección 264(e), la cual establece sanciones por no portar la documentación correspondiente.
Portar estos documentos es una medida obligatoria, no una recomendación. La falta de los mismos puede acarrear consecuencias legales, incluso para personas con estatus migratorio vigente. Las autoridades migratorias, como el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y el Servicio de Control de Inmigración y Aduanas (ICE), están facultadas para realizar operativos de verificación, por lo que es responsabilidad del inmigrante poder demostrar su situación legal de forma inmediata.
La USCIS también advierte que portar documentos válidos no impide ser abordado por agentes migratorios. Sin embargo, contar con pruebas oficiales del estatus legal puede reducir el riesgo de detención prolongada o la apertura de procesos de remoción. En este contexto, los documentos migratorios no son opcionales, sino elementos centrales para la permanencia legal en el país.
¿Qué documento es obligatorio portar para residentes permanentes?
El documento principal que deben portar los residentes permanentes es la Tarjeta de Residente Permanente, conocida como Green Card. Esta tarjeta es emitida por USCIS y contiene información como el nombre completo, fecha de nacimiento, país de origen, sexo y el número de extranjero asignado (“Número A”). Su portación es obligatoria en todo momento para personas mayores de 18 años, según la sección 264(e) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
Esta tarjeta acredita que el portador tiene autorización legal para residir y trabajar en Estados Unidos de forma indefinida. Aunque no sustituye al pasaporte, es la prueba migratoria primaria ante cualquier requerimiento de las autoridades federales o estatales
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