Con ocasión de las declaraciones de la alcaldesa de Bogotá, Claudia López, en contra de los venezolanos considero que ya no hay mucho que aportar. Lo que dijo fue no solo desacertado sino lamentable y generó la reacción de numerosos grupos entre ellos la Comisión Interamericana de Derechos Humanos especialmente el Mecanismo Especial de Seguimiento para Venezuela (Meseve) y la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión.
El discurso de Claudia López fue bastante claro como lo reseñaron numerosos medios … “Primero asesinan y luego roban. Necesitamos garantías para los colombianos. A los venezolanos todo se les ofrece, ¿Qué garantías tenemos los colombianos?” …
Ahora bien, lo que me gustaría exponer aquí no es solo la acción de la funcionaria sino las normas internacionales y nacionales relacionadas con el tema y lo verdaderamente delicado que representa en el ámbito de derechos humanos. Se ha venido hablando de xenofobia, pero desde el punto de vista práctico esa xenofobia tiene otra denominación y es “delito de odio”. El delito de odio es aquel que se da cuando una persona ataca a otra motivada exclusivamente por su pertenencia a un determinado grupo social, según su edad, sexo, género, religión, raza, etnia, nacionalidad, discapacidad u orientación sexual.
Entre esas actividades se encuentra el discurso, en un momento el Instituto de Derechos Humanos de Cataluña durante una de sus presentaciones hizo una reseña en cuanto a su definición e indicaba que … “son palabras o expresiones que difunden ideas de superioridad e inferioridad de “casta” o que intentan justificar la violencia, el odio o la discriminación contra personas, comunidades o grupos de personas basada en las características personales que les identifican a éstas, así como la incitación a todo lo anterior”. Por lo tanto, Claudia López no solo emitió un comentario que puede incitar a la violencia, sino que lo hizo a través de un medio público y en su condición de funcionaria lo cual agrava su actuación.
Volviendo al tema de la regulación internacional, la Organización de las Naciones Unidas precisamente elaboró un documento denominado “Estrategia y Plan de Acción para la Lucha contra el Discurso de Odio” publicado en mayo de 2019. Resulta importante entender que el discurso de odio viene acompañado de intolerancia y que puede traer consigo división.
Una de las razones por las cuales surgió este instrumento era por todas las repercusiones que traía consigo el delito de odio en cuanto a las actuaciones de la ONU en el reconocimiento y promoción de los derechos humanos. Entre las actuaciones que más se han presentado se encuentra los crímenes atroces, el terrorismo, el extremismo y entre los grupos más vulnerables se encuentran los refugiados, las minorías, los niños y las mujeres. No podemos olvidar la particular condición de los venezolanos en el mundo. La diáspora como figura se encuentra recopilada en los instrumentos internacionales y se considera que son grupos de personas que requieren especial protección internacional.
Existen una serie de acciones que se recomienda tomar en estos casos como es vigilar y analizar el discurso de odio. ¿Se puede reconocer la existencia de elementos de odio en la declaración? Cuando se realiza un análisis comparativo insinuando un grado de vulnerabilidad hacia un grupo de población —en este caso la colombiana— e indicando que es debido a los privilegios otorgados a los venezolanos —las verdaderamente víctimas— que existe una situación de inseguridad en Colombia. Esto no es fácil de digerir.
No solo esto, el sistema de Naciones Unidas también invita a la promoción de sociedades pacíficas a través de la concientización sobre el respeto de los derechos humanos, la no discriminación, la tolerancia y la comprensión. Cualquier individuo en situación irregular se encuentra en situación de vulnerabilidad y cabe destacar algo. La delincuencia no discrimina raza, ni condición social, ni religión. En este caso fue un ciudadano colombiano que murió en manos de un delincuente, que es delincuente porque es un antisocial, no porque sea venezolano. Pero el mensaje era dirigido en contra de la población venezolana lo cual si presenta discriminación.
Pero no solo en materia internacional, también en materia nacional en el año 2014 se presentó en Colombia el Proyecto de Ley Discurso de Odio y otras manifestaciones de intolerancia y actualmente en el Código Penal Colombiano en su artículo 510 se establece que se podrá ser castigado con pena de prisión entre prisión de uno a cuatro años y multa de seis a doce meses quienes produzcan… difundan o vendan escritos o cualquier otra clase de material o soportes que por su contenido sean idóneos para fomentar, promover, o incitar directa o indirectamente al odio, hostilidad, discriminación o violencia contra un grupo…
En este caso, puede ser que algunos agentes se otorguen el permiso de publicar ciertos comunicados promovidos por la protección que se otorga la inmunidad al ser funcionario público o al estar en puestos de poder, pero a la vista de los derechos humanos y las instituciones de derechos humanos es una acción que atenta contra la dignidad y la integridad de los individuos.
Hay que destacar otro punto importante y es el escenario en el cual se desarrollan estos eventos. Estamos hablando de un país en el cual con ocasión de los acuerdos de paz y la búsqueda de reconciliación se ha procurado promover estas actuaciones en contra de los delitos de odio precisamente para evitar los actos de violencia y la división social. Sin embargo, se desvía la atención y el mismo discurso se dirige hacia inmigrantes considerados uno de los grupos de personas que se encuentran viviendo la crisis humanitaria más importante en América. Esto no es un tema de ideología de derecha como algunos funcionarios han querido argumentar como forma de proselitismo político. Esto es un tema de desconocer y darle la espalda a reglas básicas de derechos humanos.
Lo mismo se encuentra sucediendo en Perú, Chile, Ecuador y Argentina. Pareciera una componenda discursiva para que el mundo desvié la atención de los verdaderos problemas socio-políticos que se están enfrentando ante esta nueva realidad que viene con el COVID -19. Los criminales vienen en todas formas, colores, religiones y estilos; lo que se no se puede es hacer uso de una nacionalidad y las acciones irregulares de algunos de ellos como tema de discurso, un discurso de odio como velo de distracción y como campaña para demostrar poder.
Lo mismo se encuentra sucediendo en Perú, Chile, Ecuador y Argentina. Pareciera una componenda discursiva para que el mundo desvié la atención de los verdaderos problemas socio-políticos que se están enfrentando ante esta nueva realidad que viene con el COVID -19. Los criminales vienen en todas formas, colores, religiones y estilos; lo que se no se puede es hacer uso de una nacionalidad y las acciones irregulares de algunos de ellos como tema de discurso, un discurso de odio como velo de distracción y como campaña para demostrar poder.
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