Republica del Zulia

Julio Portillo: Necesitamos entonces promover el regionalismo como protesta al excesivo centralismo en todos los órdenes. Tenemos que despertar la conciencia política de la provincia.

domingo, 27 de diciembre de 2020

Los siete aspectos más relevantes sobre la reforma del Estatuto de Transición aprobado por la AN

Este sábado 26 de diciembre la Asamblea Nacional electa en 2015 aprobó la modificación del Estatuto de la Transición que norma el funcionamiento del Parlamento durante la Continuidad Constitucional.

Por Caraota Digital

Al respecto, el partido Primero Justicia recopiló los principales cambios realizados:

1. ELECCIONES LIBRES Y CAMBIO DEMOCRÁTICO:

Se establece claramente que el objetivo es promover interna e internacionalmente la realización de elecciones presidenciales y parlamentarias libres, justas y verificables, así como el restablecimiento de la democracia.

2. CONTINUIDAD DE LA AN A TRAVÉS DE LA COMISIÓN DELEGADA:

La continuidad constitucional del Poder Legislativo Nacional será ejercida por la Asamblea Nacional electa el 6 de diciembre de 2015, la cual funcionará a través de la Comisión Delegada.

3. LÍMITE TEMPORAL DE LA COMISIÓN DELEGADA:

La continuidad de la AN será por un periodo parlamentario adicional hasta 5 enero de 2022 o hasta que haya elecciones presidenciales libres, lo que ocurra primero.

4. ELIMINACIÓN DEL CENTRO DE GOBIERNO:

El Centro de Gobierno es sustituido por Consejo Político como órgano colectivo de coordinación seguimiento y evaluación de la acción de la Presidencia encargada de la República Bolivariana de Venezuela.

La actuación del Consejo Político se orientará a la procura de elecciones libres, justas y verificables, al pleno restablecimiento del orden constitucional, de la separación de poderes, y al rescate del Estado democrático y social de Derecho y de Justicia en el país.

5. MÁS FOCO A LAS FUNCIONES DEL PRESIDENTE INTERINO EN LOGRAR EL CAMBIO DEMOCRÁTICO:

* Promover interna e internacionalmente la realización de elecciones presidenciales y parlamentarias libres, justas y verificables, así como el restablecimiento de la democracia.
* Defender los DDHH, procurar el rescate del sistema de garantías y libertades constitucionales, propiciar la reversión de la crisis humanitaria.
* Procurar las condiciones institucionales para la defensa de los derechos e intereses de los entes del Estado venezolano en el extranjero.

6. REESTRUCTURACIÓN DEL GOBIERNO INTERINO PARA HACERLO MÁS EFICIENTE:

Se fijarán los lineamientos de la reestructuración organizativa de la Presidencia encargada de la República y se derogará el Decreto N° 13 sobre la Creación del Centro de Gobierno de la Presidencia de la República.

7. TRANSPARENCIA EN MANEJO DE FONDOS PÚBLICOS:

Excepcionalmente, y verificados los principios constitucionales de eficiencia, transparencia, solvencia, equilibrio fiscal, rendición de cuentas y responsabilidad en el ejercicio de la función pública.

El Consejo Político podrá acordar solicitar a la Asamblea Nacional o a la Comisión Delegada autorización total o parcial, mediante los procedimientos de ley establecidos al efecto, para el uso de fondos públicos, dando prioridad a los gastos ordinarios del Poder Legislativo Nacional y a la defensa de activos del Estado venezolano en el extranjero. Se prohíbe la disposición de los activos de la República en el extranjero.

 https://www.costadelsolfm.org/

1 comentario:

  1. Comisión Delegada autorización total o parcial, mediante los procedimientos de ley establecidos al efecto, para el uso de fondos públicos, dando prioridad a los gastos ordinarios del Poder Legislativo Nacional y a la defensa de activos del Estado venezolano en el extranjero. Se prohíbe la disposición de los activos de la República en el extranjero.

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