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viernes, diciembre 05, 2014

BCV recompondrá las reservas internacionales Por Daniela García

El presidente Nicolás Maduro reformó la Ley del Banco Central de Venezuela en el marco de la Habilitante. (Foto: Archivo)
Tras días de incertidumbre, finalmente ayer se publicaron en la Gaceta Oficial Extraordinaria 6.156 las reformas que sufre la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV), que fue modificada por el presidente Nicolás Maduro en el marco de la Habilitante.

Los cambios permiten que todas las monedas de fácil conversión en las principales plazas internacionales, que sean empleadas como unidad de cuenta en compromisos asumidos por el país, formarán parte de las reservas internacionales. Esto indica que, por ejemplo, yuanes o rublos provenientes de los acuerdos de Venezuela con China o Rusia podrán ser contabilizados.

También se incluye que pueden ser considerados como reservas los diamantes y demás piedras o metales preciosos, los cuales tienen que ser definidos como activos por parte del directorio de la institución y estar depositados en las bóvedas del ente o en entidades financieras en el exterior calificadas de primera clase.

Tradicionalmente, las garantías monetarias de la nación estaban conformadas por dólares, oro, depósitos y títulos valores en divisas emitidos por instituciones financieras del exterior certificadas o por entes públicos extranjeros o entes internacionales en las cuales la República tenga participación e interés; Derechos Especiales de Giro (DEG) u otra moneda fiduciaria y la posición crediticia neta de la República en el Fondo Monetario Internacional.

Con los cambios se busca aumentar el monto de las reservas internacionales, que en los últimos 15 días cayeron en mil 811 millones de dólares, al pasar de 23 mil 533 millones el 19 de noviembre a 21 mil 722 millones al cierre de ayer.

Transferencias al Fondén

La reforma parcial de la Ley del BCV también introduce una modificación en cuanto a las transferencias al Fondo de Desarrollo Nacional (Fondén), pues ahora las mismas no se realizarán con base en el monto total de las reservas, sino en función de las que se encuentran operativas; es decir, las que están constituidas por efectivo (divisas) e instrumentos de inversión con capacidad de ser convertidos rápidamente en fondos disponibles en moneda extranjera.

La modificación incluye que en la gestión del ente debe privar "la transparencia", por lo que "debe mantener informado de manera oportuna y confiable" al Ejecutivo, entes públicos y agentes económicos sobre sus políticas, decisiones, acuerdos, informes, publicaciones, investigaciones y estadísticas que permitan disponer de la mejor información sobre la evolución de la economía.

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