En todo sistema político este es quizás el tema más importante. Los límites del Estado y el gobierno frente a la libertad y los derechos del ciudadano. La respuesta más adecuada y práctica la dio Montesquieu en su libro El espíritu de las leyes (1748), libro muy citado, pero quizás poco leído, inclusive en nuestras facultades de Derecho y en el sistema judicial y político. Nuestro autor planteó una tesis muy simple a partir de un hecho que en la historia se demostraba: un poder solo puede ser frenado por otro poder.
Esta realidad partía de otra realidad, todo poder tiende a expandirse y ningún poder se auto-limita. Como consecuencia de ello la humanidad sólo había conocido el poder despótico, con muy pocas excepciones. La idea afortunada de Montesquieu fue separar el poder y que permitiera a “lo separado” controlarse mutuamente. De allí surge la fórmula, hoy universalizada, de los tres poderes: judicial, legislativo y ejecutivo. El primero como poder neutral de arbitraje entre los otros dos poderes. El segundo, establece la normativa o principios y ejerce funciones de control y rendición de cuentas sobre el ejecutivo y este último, el que tiene más tentaciones de sobrepasarse en su poder, se le ponen límites legales precisos. Montesquieu apuntalaba este sistema sobre la primacía absoluta de la Ley y en paralelo la educación y la formación del ciudadano. La experiencia histórica de tres siglos ha demostrado que la teoría expresada en El espíritu de las leyes ha funcionado y se ha universalizado. Pero el propio Montesquieu estaba consciente que el sistema político propuesto en la práctica de la realidad podía sufrir distorsiones graves como efectivamente ha ocurrido y por ello el autor anticipaba la democracia, pero igualmente el despotismo. La primera cumple “con el espíritu de la ley”: separación y equilibrio de poderes, no así el despotismo, que asume la “forma” y traiciona o niega su “espíritu”.
Las democracias son imperfectas, perfectibles siempre. El despotismo (autoritarismo, dictadura, tiranía, totalitarismo, etc.) por definición es irreformable, porque en su naturaleza de ejercer el poder único y absoluto no acepta otra limitación que su propio poder o un poder contrario que lo desafíe.
La ley como principio dominante en una sociedad nos lleva de manera necesaria al Estado de Derecho y a la prevalencia y respeto absoluto a los Derechos Humanos y a la constitución democrática. De ser esto así, la libertad de las personas está garantizada y el poder está bajo control del ciudadano y del sistema de manera real. Lamentablemente en muchos países, entre ellos el nuestro, Montesquieu y El espíritu de las leyes sigue ausente de nuestras escuelas, liceos y universidades. Y en algunos casos, inclusive gente informada y formada, por tradición histórica y cultura popular siguen pensando que las leyes se acatan, pero no se cumplen y que a los jueces los nombra el que manda y que el presidente puede hacer lo que le da la gana.

Las democracias son imperfectas, perfectibles siempre. El despotismo (autoritarismo, dictadura, tiranía, totalitarismo, etc.) por definición es irreformable, porque en su naturaleza de ejercer el poder único y absoluto no acepta otra limitación que su propio poder o un poder contrario que lo desafíe
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