Como máximo intérprete de la Constitución y autoridad rectora del Poder Judicial, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) tiene competencias institucionales que le permiten pronunciarse sobre el contenido y alcance de las normas y principios constitucionales de las decisiones parlamentarias, los decretos ejecutivos y los fallos de tribunales menores.
En 2016 estas funciones se tradujeron en la nulidad de 12 leyes sancionadas por la Asamblea Nacional, la autorización de tres decretos de Emergencia Económica, la designación de dos rectores del Consejo Nacional Electoral y la aprobación vía sentencia de la Ley de Presupuesto 2017.
Estrictamente, y según sus propias estadísticas, en los últimos 11 meses el TSJ ha tomado 6.347 decisiones a través de sus siete salas, de las cuales 1.198 han sido sentencias emitidas por la Sala Constitucional, única en presentar un balance anual negativo en relación a los casos introducidos y los resueltos; esto representa una disminución de 16% respecto a los cuatro años anteriores cuando se resolvían hasta mil casos más que en 2016.
En un estudio realizado por ocho organizaciones no gubernamentales, llamado “Memorial de agravios”, el análisis de las decisiones de las salas Constitucional, Electoral y Político Administrativa (de los últimos seis años), ha determinado un total de 135 sentencias del TSJ que han desconocido derechos fundamentales de los venezolanos por ajustarse a los designios del Poder Ejecutivo. De estas, 46 sentencias se han tomado en 2016 y han sido consideradas como medidas en contra de las atribuciones, actos, leyes, acuerdos, investigaciones y facultades de control político y legislativo de la Asamblea Nacional.
José Vicente Haro, abogado constitucionalista y profesor universitario, contabiliza dentro de estas decisiones a 36, al menos, que atentan directamente contra las competencias legislativas.
En esta cuenta, unas ocho sentencias se usaron para aprobar los decretos de Estado de Excepción, otras siete quitaron facultades de control político y presupuestario al parlamento, 13 impidieron la aplicación de leyes y proyectos de ley, dos frenaron la anulación de las designaciones de magistrados nombrados en diciembre de 2015 y tres permitieron al Presidente dictar decretos leyes sin autorización parlamentaria.
TRES SENTENCIAS PERMITIERON AL PRESIDENTE DICTAR DECRETOS LEYES SIN AUTORIZACIÓN PARLAMENTARIA
En este sentido, Mildred Rojas, abogada de la organización Transparencia Venezuela, afirma que en 2016 no hay ni una decisión en materia política que haya ido en contra del Gobierno. La organización especifica en su informe “Sentencias que debilitan los poderes y la democracia”, que “todas las sentencias revisadas y reseñadas relacionadas con reclamos interpuestos por parte de los representantes de la Asamblea Nacional, estados y municipios en contra de las políticas gubernamentales, han resultado en un 100% favorables al Ejecutivo Nacional”.
Asimismo, el Gobierno se encuentra “invicto” en aquellas demandas que interpuso para obviar controles, debilitar instituciones y concentrar competencias que corresponden al parlamento. “Al final, se puede notar que no es una justicia independiente, ni tan ciega ni tan imparcial como se quiere hacer creer”, comenta Rojas.
Con ella coinciden los datos levantados por la ONG Acceso a la Justicia, quienes también detallan cómo el Poder Judicial se ha abocado a resolver con prioridad las solicitudes del Presidente y demás funcionarios públicos. En total, más de 20 recursos ha introducido el propio Nicolás Maduro, dos solicitudes adicionales se han realizado por el bloque parlamentario oficialista y una por el Procurador General.
TODOS LOS RECLAMOS INTERPUESTOS HAN RESULTADO 100% FAVORABLES AL EJECUTIVO NACIONAL
Estas peticiones, además, son contestadas en un promedio de 9 días, pudiéndose tardar hasta un mínimo de 24 horas en publicarse la decisión sobre el caso y un máximo de 15 días.
“Normalmente el Tribunal se pronuncia en plazos de dos y hasta tres años, pero se ha observado una diligencia en los casos en los que el demandante es el Estado ¿Cómo es posible que el TSJ se esté dedicando a responder al poder político y a decir que el Presidente tiene derecho a mandar y no deberes y responsabilidades? Además, se está viendo que el poder ejerce recursos a su favor en contra del ciudadano y sale ganando”, comenta Laura Louza, abogada, profesora de la UCV y coordinadora de Acceso a la Justicia.
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