El Colegio de Ingenieros de Venezuela (CIV) denunció ante la Defensoría del Pueblo la vulneración de los derechos a la vida, la salud y el libre tránsito de miles de familias en edificaciones multifamiliares, como consecuencia de la suspensión del servicio de ascensores decretada tras los terremotos del pasado 24 de junio.
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La acción fue ejercida por el vicepresidente de la Asamblea Nacional de Representantes del CIV y presidente de la Comisión de Desarrollo Urbano y Vivienda, Richard Casanova, quien advirtió que mantener el apagado indefinido del transporte vertical por casi un mes contraviene los estándares internacionales de ingeniería sísmica, degrada la habitabilidad urbana y mantiene a adultos mayores y personas con movilidad reducida en un confinamiento forzado.
Violación a estándares internacionales y riesgo sanitario
Casanova fundamentó la denuncia en los protocolos globales de ingeniería (ASME de EE. UU., norma europea EN 81-77 y directrices de Japón), los cuales dictan que la reanudación del servicio debe realizarse bajo la «regla de las 72 horas» previa prueba en vacío:
- Sistemas en contingencia: Tras un sismo, el apagado inicial busca evacuar personas, pero mantener la suspensión por un mes traslada el riesgo hacia emergencias médicas y desabastecimiento.
- Vulneración de la CRBV: El gremio enfatizó que la inoperatividad de los equipos atenta contra los artículos 43 (derecho a la vida), 50 (libre tránsito) y 83 (salud) de la Constitución.
Trabas burocráticas de Sencamer
El representante del CIV denunció que la contingencia se ha agudizado por dos factores que calificó de irresponsables:
- Cuello de botella en Sencamer: El Servicio de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos carece de capacidad técnica para certificar masivamente a las empresas del sector en plena emergencia. Exigir este registro prolongará las inspecciones durante meses.
- Especulación contractual: Empresas con contratos de mantenimiento vigentes pretenden cobrar honorarios extraordinarios por la inspección post-sismo, una labor que el CIV considera una obligación intrínseca del servicio prestado a los condominios.
Petitorio formal y advertencia sobre responsabilidades penales
Ante la Defensora del Pueblo, Egleé González Lobato, el Colegio de Ingenieros solicitó la emisión de directrices urgentes para normalizar el servicio en un plazo no mayor a 48 horas:
- Inspecciones obligatorias: Que las empresas de mantenimiento realicen la evaluación en 24 horas y los condominios habiliten los equipos en las 24 horas posteriores.
- Exención temporal de registros: Suspender de forma excepcional la exigencia de certificación SENCAMER mientras dure la emergencia, validando las inspecciones con el Registro Mercantil vigente o la firma de ingenieros mecánicos colegiados.
- Prohibición de cobros extra: Declarar las revisiones de seguridad como parte del servicio de rutina sin costo adicional para los condominios.
- Responsabilidad penal: Advertir a autoridades y juntas de condominio que bloquear injustificadamente el uso de ascensores frente a emergencias médicas genera responsabilidad civil, administrativa y penal.

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