Republica del Zulia

Julio Portillo: Necesitamos entonces promover el regionalismo como protesta al excesivo centralismo en todos los órdenes. Tenemos que despertar la conciencia política de la provincia.

sábado, 24 de mayo de 2025

Alberto Arteaga Sánchez: ¿Derecho al insulto?



Sin darnos cuenta, en el ejercicio permanente del oficio de comunicadores de facto que todos ejercemos a través de las redes sociales, hemos ido incorporando términos infamantes para señalar “digitalmente” a todo el que disienta de la línea de pensamiento o de acción que ha sido impuesta por nuestra profesión de fe política.

Hemos caído en una verdadera trampa que, bajo la bandera de la libertad, nos ahoga y nos impide razonar o discernir lo que es correcto y lo que nos disminuye o pervierte.

Los mensajes denigrantes dirigidos a quienes, por alguna razón, se ubican en la otra acera o se atreven a pensar por su cuenta, son radicales y se oponen a cualquier confrontación o debate: no hay distinciones o términos medios, sino extremos; no se toleran diferencias, sino una sedicente uniformidad; no hay adversarios, sino enemigos; no hay disidentes, sino traidores a una pregonada cruzada por la verdad.

Sin duda, se trata del síntoma de una grave enfermedad social, la intolerancia, la cual toma cuerpo en la violencia verbal con la cual arremetemos contra cualquier interlocutor, sin escuchar sus argumentos.

Una sociedad democrática impone absoluto respeto por la dignidad de la persona humana y, por lo tanto, todos lo merecemos; pero, si bien ello debe impedir el recurso vergonzoso a la descalificación del otro, no podemos concluir que el insulto, per se, sea delito, ni tampoco que tengamos derecho al acribillamiento moral del adversario.

No existe el delito de insultos, pero cuando las expresiones adquieren la connotación del desprecio público, de la discriminación hacia una persona o grupo o del franco llamado a la violencia por la condición social o política del otro, el asunto asume otra dimensión, que puede alcanzar hasta la represión penal, inocua, si no hay rechazo social efectivo.

¡Es necesario aclarar!. La crítica ácida, la diatriba, la sátira, el humor mordaz, la parodia o el debate duro que confronta y reta, sobre todo, a quien se ha constituido en figura pública, se encuentran amparados por la libertad de expresión, componente y condición sine qua non de un sistema democrático.

Pero se imponen algunos límites a este derecho fundamental de la expresión libre y plural. Es más, resulta necesario extremar el celo ante la posibilidad de recurrir a normas penales que proponen un castigo para los delitos denominados de “odio”, las cuales, por lo impreciso de su contenido, al referirse a un difuso y complejo sentimiento, fácilmente pueden ser manipuladas por el poder en contra de los ciudadanos o sectores más vulnerables.

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