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lunes, 4 de noviembre de 2024

A 100 días de las elecciones presidenciales: 22 certezas según Jesús Castellanos Vasquez


A 100 días de las elecciones presidenciales, el Consejo Nacional Electoral (CNE) mantiene la proclamación de Nicolás Maduro sin presentar evidencias que la respalden. Mientras, la oposición presenta al mundo las actas recabadas por sus testigos electorales para probar que el ganador de la contienda fue Edmundo González Urrutia

La incertidumbre reina, pero de acuerdo con el politólogo y experto electoral Jesús Castellanos Vasquez hay 22 certezas sobre el proceso electoral celebrado el 28 de julio:

Sin auditoriías y sin Gaceta

1. El CNE incumplió pública y visiblemente su mandato legal en los procesos de totalización, adjudicación y proclamación, al anunciar supuestos resultados, basados en 80% de las actas, con una tendencia que no era irreversible: 50,1% (5.150.092 votos) frente a 44,2% (4.445.978) que habría obtenido Gonzalez Urrutia; es decir, una diferencia de apenas 700.000 votos aproximadamente. 

Luego, añadió el experto, el ente comicial se apresuró a proclamar a Maduro como reelecto sin cumplir con la totalización, sin el boletín definitivo y sin publicar resultados electorales disgregados. 

2. El CNE sigue sin publicar los resultados en su página web y en la Gaceta Electoral. Lo ordena el artículo 155 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre) que establece que Poder Electoral ordenará la publicación de los resultados de las elecciones en la Gaceta dentro de los 30 días siguientes a la proclamación de los candidatos electos. 

3. El CNE no realizó las auditorías postelectorales esenciales para comprobar los resultados anunciados por el ente comicial, a saber: Telecomunicaciones fase II, verificación ciudadana II y datos electorales (ADES) II.

4. El CNE incumplió con su mandato constitucional y legal (Lopre y Ley Orgánica del Poder Electoral, LOPE) de transparencia. 

Los artículos 293 y 294 de la Constitución establecen que el Poder Electoral  y sus órganos deben garantizar la confiabilidad, imparcialidad y transparencia de los procesos electorales, al igual que los artículos 3 y 4 de la LOPE y 3 de la Lopre. 

5. La oposición publicó, a pocas horas de la votación, las actas emanadas por el CNE, que correspondieron a los testigos de mesa  en el portal  resultadosconvzla.com, obtenidas en apego a la Ley y que cuentan con  todo los mecanismos de seguridad del CNE. 

6. De acuerdo con dichas actas, Edmundo González obtuvo 67% de la votación (7.303.480) y Maduro 30% (3.316.142). 

7. Ni el CNE, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ni el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv), ni ningún candidato distinto a Gonzalez Urrutia, “salvo a José Brito que expuso una acta forjada han mostrado una sola acta que ponga en duda las publicadas por la oposición democrática”. 

8. Los cuestionamientos a las actas publicadas por la oposición democrática se circunscriben a elementos de forma. Voceros como el presidente de la Asamblea Nacional (AN) de 2020, Jorge Rodríguez, hablan de la falsedad de las actas de votación de la oposición sin mostrar las pruebas del triunfo de Maduro ni instar al CNE a realizar las auditorías necesarias para comprobar los resultados. 

9. Existen más de 1.500 videos de los actos de escrutinio del 28 de julio, en los que se corroboran las actas publicadas por la oposición democrática.

10. Algunos oficialistas mostraron su comprobantes de votación en redes sociales, lo cual, gracias a los mecanismos de seguridad, corroboraron los publicados por la oposición democrática.

Autonomía del CNE violentada

11. Las únicas organizaciones de observación electoral internacional, acreditadas y en situ en la elección del 28 de julio, a saber el Centro Carter y el panel de Expertos de Naciones Unidas (ONU), declararon la falta de integridad de la elección y la validez de las actas publicadas por la oposición democrática.

12. Maduro,candidato proclamado por el CNE, pese a no conocerse los detalles de los resultados electorales, introdujo un recurso contencioso electoral ante el TSJ, cuyo contenido no se conoce, contrario a la legislación electoral vigente.

13. El TSJ actuó al margen de la legislación y de sus competencias al procesar un recurso contencioso electoral de un candidato ganador en el que se pretendía que se certificara la elección del 28 de julio. 

14.El peritaje del TSJ no fue realizado de forma transparente.

15. No se conoce el contenido de la sentencia del TSJ sobre el recurso contencioso electoral de Maduro.

16. “Desde el 28 de julio se ha desatado una feroz represión por parte del régimen de Maduro, que incluye más de 20 asesinados y miles de detenidos”.

17. En la persecución se incluyen niños y adolescentes.

18. Fiscalía General de la República se ha convertido en una medio para la persecución.

19.El mundo democrático cuestiona el resultado dado por el CNE el 28 de julio y se divide entre quienes reconocen a González Urrutia como presidente electo (Chile, Argentina y Uruguay, entre otros) y quienes desconocen el resultado ofrecido por el Poder Electoral y exigen pruebas (Brasil, Colombia, entre otros).

20. Maduro cercó a la Embajada de Argentina en Venezuela, resguardada por el gobierno de Brasil y que refugia a seis miembros de Vente Venezuela, organización política de María Corina Machado. Esto tras la expulsión del personal diplomático argentino del país luego de las elecciones. 

21. Existió presión para el exilio de Gonzalez Urrutia en España.

22. La remoción del rector del CNE, Juan Carlos Delpino, por parte de la AN de 2020, fue contraria a la Constitución y la ley. El ente comicial no declaró la falta absoluta del rector, por lo que nuevamente otro poder del Estado habría violado su autonomía para tomar decisiones. 

Efecto Cocuyo.

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