OVP señaló que hay un hacinamiento crítico, debido a que la población reclusa sobrepasa 154,6% de la capacidad
El Observatorio Venezolano de Prisiones (OVP) afirmó este jueves 17 de octubre que en Venezuela el Estado no garantiza, entre otros, los derechos políticos de los privados de libertad y que no hay políticas públicas que garanticen los derechos humanos de la población carcelaria.
Durante la presentación de su informe «Derechos políticos de la población reclusa», Humberto Prado, abogado y director del OVP, señaló que solamente 38 de 52 cárceles construidas se encuentran operativas, tras las tomas y cierres de algunos centros durante 2023 como parte del «plan de revolución judicial».
Según la información documentada por el OVP, en septiembre del año 2024,en los centros carcelarios de Venezuela hay un total de 30.332 personas privadas de libertad, de los cuales 20.626 son condenados y 9.706 son procesados. A esto se suman 22.237 personas privadas de libertad que permanecen en centros de detención preventiva.
Madres y familiares de presos políticos protestan en Tocuyito
«El Estado ha cerrado inexplicablemente 14 cárceles, como si esa fuera la solución (…) dejando a los calabozos policiales como centros penitenciarios, lo que trae una tremenda incomodidad para las personas encargadas de la seguridad ciudadana. Un policía está formado para la seguridad ciudadana, no para estar cuidando a personas privadas de libertad», aseveró Prado.
Para octubre de este año, el Observatorio señaló que hay un hacinamiento crítico, debido a que la población reclusa sobrepasa 154,6% de la capacidad instalada. Respecto al ejercicio del derecho al voto de los procesados y condenados durante las elecciones presidenciales del pasado 28 de julio, el abogado recordó que una persona privada de libertad no pierde sus derechos políticos, a menos que exista una sentencia debidamente firme y se contemple una pena accesoria de inhabilitación política.
https://twitter.com/oveprisiones/status/1846958214794924070
Solo 9,21% de los presos tuvo derecho al voto
«En Venezuela, el debate sobre los derechos políticos de la población reclusa ha estado históricamente relegado, en gran parte debido a las condiciones carcelarias y la visión social que asocia la privación de libertad con la pérdida total de derechos. Sin embargo, la realidad jurídica y los principios de derechos humanos apuntan a una discusión más matizada, especialmente en lo que respecta a los derechos políticos de quienes se encuentran privados de libertad», agregó Prado.
“La reclusión lamentablemente se confunde, una persona privada de libertad no pierde el derecho al voto mientras se investiga si es culpable o inocente. Sus derechos se mantienen intactos hasta que la sentencia quede firme”, precisó el director del Observatorio Venezolano de Prisiones.Indica el informe de esta ONG que, pese a la opacidad de la información, se han identificado al menos 42.863 personas privadas de libertad, tanto en cárceles como en calabozos policiales, que tienen derecho al voto. «Sin embargo, en los comicios del 28 de julio de 2024, las autoridades competentes en materia penitenciaria y/o electoral no ofrecieron oportunamente información sobre el número de reclusos que podían sufragar», dijo Prado.
En ese sentido, tampoco se pudo conocer si realizaron jornadas de actualización de datos, si hubo logística de traslados para los reclusos que ejercieron su derecho al voto, o si este derecho se ejercería en sus lugares de reclusión y/o los centros penitenciarios habilitados como centros de votación, los cuales en su mayoría registran porcentajes exorbitantes de hacinamiento.
Al respecto, el director del OVP señaló: “Es triste ver como el Estado venezolano viola los derechos de las personas privadas de libertad (…) El 28 de julio, tras los comicios, las declaraciones del ministro del Servicio Penitenciario dejaron mucho que desear, no hubo garantía del derecho al voto como un derecho humano”.
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«El Estado ha cerrado inexplicablemente 14 cárceles, como si esa fuera la solución (…) dejando a los calabozos policiales como centros penitenciarios, lo que trae una tremenda incomodidad para las personas encargadas de la seguridad ciudadana. Un policía está formado para la seguridad ciudadana, no para estar cuidando a personas privadas de libertad», aseveró Prado.
Para octubre de este año, el Observatorio señaló que hay un hacinamiento crítico, debido a que la población reclusa sobrepasa 154,6% de la capacidad instalada. Respecto al ejercicio del derecho al voto de los procesados y condenados durante las elecciones presidenciales del pasado 28 de julio, el abogado recordó que una persona privada de libertad no pierde sus derechos políticos, a menos que exista una sentencia debidamente firme y se contemple una pena accesoria de inhabilitación política.
https://twitter.com/oveprisiones/status/1846958214794924070
Solo 9,21% de los presos tuvo derecho al voto
«En Venezuela, el debate sobre los derechos políticos de la población reclusa ha estado históricamente relegado, en gran parte debido a las condiciones carcelarias y la visión social que asocia la privación de libertad con la pérdida total de derechos. Sin embargo, la realidad jurídica y los principios de derechos humanos apuntan a una discusión más matizada, especialmente en lo que respecta a los derechos políticos de quienes se encuentran privados de libertad», agregó Prado.
“La reclusión lamentablemente se confunde, una persona privada de libertad no pierde el derecho al voto mientras se investiga si es culpable o inocente. Sus derechos se mantienen intactos hasta que la sentencia quede firme”, precisó el director del Observatorio Venezolano de Prisiones.Indica el informe de esta ONG que, pese a la opacidad de la información, se han identificado al menos 42.863 personas privadas de libertad, tanto en cárceles como en calabozos policiales, que tienen derecho al voto. «Sin embargo, en los comicios del 28 de julio de 2024, las autoridades competentes en materia penitenciaria y/o electoral no ofrecieron oportunamente información sobre el número de reclusos que podían sufragar», dijo Prado.
En ese sentido, tampoco se pudo conocer si realizaron jornadas de actualización de datos, si hubo logística de traslados para los reclusos que ejercieron su derecho al voto, o si este derecho se ejercería en sus lugares de reclusión y/o los centros penitenciarios habilitados como centros de votación, los cuales en su mayoría registran porcentajes exorbitantes de hacinamiento.
Al respecto, el director del OVP señaló: “Es triste ver como el Estado venezolano viola los derechos de las personas privadas de libertad (…) El 28 de julio, tras los comicios, las declaraciones del ministro del Servicio Penitenciario dejaron mucho que desear, no hubo garantía del derecho al voto como un derecho humano”.
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