El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, convocó este viernes mediante decreto un referéndum para que los ecuatorianos se pronuncien sobre la instalación de una Asamblea Constituyente que redacte una nueva carta magna, sin obtener antes la validación previa de la Corte Constitucional, conforme se establece la norma.
«La obstrucción que ciertos organismos politizados intentan imponer al cambio que necesita el país no será motivo para detener la voluntad del pueblo ecuatoriano», dijo la Presidencia en un comunicado en el que anunció la decisión del mandatario de no pasar el filtro del tribunal constitucional, con quien está enfrentado por limitar varias leyes y acciones del Gobierno que acumulan demandas de inconstitucionalidad al advertir vulneración de derechos fundamentales.
Según la Constitución, una consulta popular solo puede ser convocada después de que el alto tribunal emita un dictamen favorable sobre la constitucionalidad de las preguntas propuestas, algo que no ha sucedido hasta el momento pues el presidente no envío esta pregunta a la Corte.
Sin embargo, en el decreto ejecutivo de este viernes, Noboa cita otro artículo de la Constitución en el que se señala que la Asamblea Constituyente solo puede ser convocada mediante consulta popular y que esa consulta podrá ser solicitada por la presidenta o presidente de la República, por las dos terceras partes de la Asamblea Nacional, o por el 12 % de las personas inscritas en el registro electoral
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